Medidas generales, definidas por la Superintendencia Financiera
Estas son las medidas que ha adoptado la Superintendencia Financiera para mitigar el efecto de la coyuntura sobre los deudores del sistema financiero colombiano.
Medidas adoptadas por la Superintendencia Financiera para mitigar el efecto de la coyuntura sobre los deudores del sistema financiero colombiano
Es importante entender que los establecimientos de crédito cuentan hoy con mecanismos que les permiten atender y manejar las dificultades de sus deudores con voluntad de pago, ajustando las condiciones de sus obligaciones a la situación financiera y capacidad de pago actual de sus clientes.
Las disposiciones de la Superintendencia amplían esas facultades para los clientes al día ó en mora máxima de 30 días al 29 de febrero, así:
Para clientes cuyas obligaciones estuvieran en condición de modificados o reestructurados al 29 de febrero de 2020, su actualización de la calificación de riesgo se basará exclusivamente en la condición financiera del deudor por un periodo de 120 días calendario.
No hay disposiciones especiales para clientes por fuera de estas dos categorías, lo cual significa que para clientes en mora no hay herramientas adicionales previstas por la Superintendencia Financiera hasta el momento.